Las Comisiones Unidas de Comunicaciones y Transportes, de Economía, Comercio y Competitividad, y de Infraestructura de la Cámara de Diputados aprobaron el dictamen con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes de Aeropuertos y de Aviación Civil, en donde se elimina el cabotaje y se mantiene la figura de asignación.
Dicho dictamen sobre aviación civil fue aprobado con 57 votos a favor, 4 en contra y 45 abstenciones, por el cual se busca el regreso a la categoría 1 de la Administración Federal de Aviación de los Estados Unidos (FAA). Se esera que hoy se subido al Pleno para su análisis y votación.
Por la Comisión de Infraestructura, su presidente, diputado Reginaldo Sandoval Flores (PT), mencionó que el dictamen deriva de una iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal, al reconocer que los vuelos juegan un papel importante en la dinámica del turismo del país, y elimina la incorporación en la ley de la figura de cabotaje.
También, dijo, considera viable la adición de la figura de asignación que permitirá que las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal que reciban en asignación la administración de aeropuertos y la operación de aerolíneas, lo que favorece a una mayor conectividad en el país, incrementará la disponibilidad de vuelos y rutas.
“La persona titular de la Secretaría puede otorgar títulos de asignación a las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal para prestar el servicio público de transporte aéreo nacional regular”, se lee en el dictamen.
Se establece que empresas paraestatales pueden administrar, operar, explotar y construir aeropuertos sin procesos de licitación pública.
“La persona titular de la Secretaría puede otorgar títulos de asignación a las entidades paraestatales de la Administración Pública Federal, sin sujetarse al procedimiento de licitación pública, para la administración, operación, explotación y, en su caso, construcción de aeropuertos”, se apuntó.
También se plantea que la vigencia del título de asignación será por tiempo indefinido, y solo termina cuando se acredite que ya no existe causa de utilidad pública, interés público, interés general, interés social que salvaguardar, o por razones de seguridad nacional.
Con información de López-Dóriga Digital